Ante
denuncia de vecino, por olores fétidos y riesgo de enfermedades
Por la tenencia de gatos que estaban contaminando la propiedad de un vecino que reside en el centro histórico y ponían en riesgo la salud de la familia vecina, que denunció el hecho, la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) multó con 740 nuevos soles a Susana Burga Loayza, en aplicación al cuadro de infracciones vigente.
Burga Loayza, reside en el jirón Grau N°
627, interior 09, y según lo denunciado sus cuatro gatos se orinaban y defecaban
en el piso de la azotea de la casa del vecino, en la misma dirección, interior
10, lo que motivó que Santos Sáenz Vásquez, denuncie el hecho ante la Municipalidad
Provincial de Trujillo (MPT).
La denuncia fue derivada a la Subgerencia
de Salud, lo que motivó la verificación del caso. La propietaria de los felinos
reconoció finalmente que solo cuatro gatos eran de su propiedad y no seis, como
se denunció. Previamente, ella recibió una notificación de la comuna para hacer
sus descargos en cinco días hábiles, pero no lo hizo.
El vecino afectado, Sáenz Vásquez, dijo
que antes de formalizar la queja pidió a su vecina retirar los gatos o adoptar
alguna medida al respecto, pero no hizo nada, por lo que se vio obligado a
denunciarla ante el alcalde de la ciudad, porque su azotea estaba contaminada
con pestilentes olores, manchas en el piso y sus hijos no podían jugar en ese
lugar.
El denunciante dijo sentirse temeroso
que la orina y heces de los gatos puedan transmitir a sus hijos y familiares enfermedades
como la dermasitosis, que afecta a la piel, cabellos y uñas.
Ante la inacción de la propietaria de
los gatos, en la Municipalidad de Trujillo se inició el proceso sancionador y mediante
Resolución Gerencial N° 257-2013-MPT/GDS se aplicó una multa por la tenencia de
gatos, lo que de acuerdo al cuadro de infracciones corresponde al código E-144,
que sanciona con el 20% de la UIT, lo que equivale a 740 nuevos soles.
El documento estableciendo la sanción
económica pasó al Servicio de Administración Tributaria (SATT), para que inicie
el proceso de cobranza coactiva.
Por otra parte, por tener un inmueble
destinado a la crianza de gatos, la misma Resolución Gerencial dispuso la
sanción no pecuniaria de erradicación de los animales.