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viernes, 15 de agosto de 2014

Multarán a propietarios de canes que ensucien parques con S/. 760

Según norma que busca evitar contagio de enfermedades


En el marco de la Ley N° 27596 sobre tenencia responsable de canes, la Subgerencia de Salud de la MPT, está capacitando a policías de Seguridad Ciudadana encargados de cumplir su labor en territorios vecinales de la ciudad para contribuir a evitar la zoonosis, o trasmisión de enfermedades de canes a personas debido a excrementos en los parques.
Esta labor se viene realizando por intermedio de la unidad médico veterinaria de la comuna provincial, que además instalará letreros en estos lugares, señalando la prohibición de llevar a mascotas para defecar, por ser un grave riesgo para la salud pública, particularmente para niños que ingresan a parques donde pueden encontrar excremento de canes.
El médico veterinario Oscar Botetano, a cargo de la citada unidad edil, explicó a los efectivos de Seguridad Ciudadana que laboran en territorios vecinales los alcances de la norma sanitaria durante una charla en que se utilizó videos alcanzados por DIGESA
El objetivo de la capacitación es que los agentes ayuden a hacer cumplir la Ley que proteger a las personas de enfermedades trasmitidas por los canes.
Tras la difusión de las multas que se aplican por transgredir la Ley  27596, por infracciones codificadas como E-160, cuando el propietario lleva a sus canes a defecar en los parques, la multa es del 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que equivale a 760 soles, la que se tendrá que pagar en las oficinas de SATT.
Las multas está vigentes luego de haberse aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 005-2013-MPT y se ejecutará su gradual aplicación para proteger a la población sobre todo de perros vagos víctimas de la acarosis, conocida popularmente como sarna, y su presencia en parques y en espacios públicos representa un alto riesgo para la salud de las personas,

Los policías de Seguridad Ciudadana también recibieron información sobre el código de infracciones aprobado mediante la citada Ordenanza Municipal. Las multas más altas, con el 100% de la UIT, es decir 3,800 soles, está referida a  mordedura de canes a personas y por conducir centros de adiestramiento de canes sin supervisión de la Subgerencia de Salud.

lunes, 21 de abril de 2014

Propietario de can que muerda a persona será sancionado con S/. 3,800

Sensibilizan a población mediante afiches


Según la Ordenanza Municipal N° 005-2013-MPT, el dueño del perro que muerda a una persona será sancionado con el 100% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), por tenencia de canes agresivos sin dotarlos de medidas de seguridad cuando salen a la calle, que equivale a una multa de 3 mil 800 nuevos soles.
Para sensibilizar a la población al respecto, personal de la Subgerencia de Salud de la Municipalidad de Trujillo ha iniciado una campaña de sensibilización con el pegado de afiches en lugares estratégicos y visibles y la entrega de folletos.
Esta sanción, vigente en la antes citada ley de la ciudad contra propietarios de mascotas, se hace con el propósito de proteger la integridad física de las personas, especialmente de los niños, los que tienen derecho a transitar libremente por los espacios públicos sin el riesgo a ser mordidos por algún can sin bozal ni correa.
También se sanciona a los propietarios de canes o felinos con el 50% de la UIT cuando los abandona en la vía pública estando sanos, enfermos o muertos, la misma sanción se aplica al propietario de un can por tenerlo en condiciones higiénicas sanitarias que pongan en riesgo su  salud y la salud de los vecinos.
Esta Ordenanza Municipal establece la sanción de 3 mil 800 nuevos soles a quienes conduzca un centro de adiestramiento y/o comercialización de canes y felinos, sin la supervisión de la Subgerencia de Salud.
Por matar intencionalmente a un can o felino la multa se eleva a 150% de la UIT, lo que equivale a 5 mil 700 nuevos soles; por conducir canes potencialmente peligrosos por la vía pública sin identificación, sin bozal ni correa para ejercer control sobre la mascota, recibirá la multa del 50% de la UIT; y por comercializar canes de manera clandestina o en la vía pública, el 60% de la UIT.

La citada ordenanza establece la multa del 20% de la UIT por someter a los canes a prácticas de crueldad o maltrato, un multa del 30% de la UIT por utilizar canes como instrumentos para cometer asaltos y por mantener permanentemente a canes atados o inmovilizados la multa de 1,900 nuevos soles (50%  de la UIT).

viernes, 7 de marzo de 2014

Vigilancia sanitaria edil genera 18 expedientes administrativos diarios

En defensa de la salud pública

Como resultado de la labor cotidiana del personal que fiscaliza los establecimientos públicos de venta de comida en los que se detectan condiciones sanitarias y alimentos en aparente mal estado, la Subgerencia de Salud de la Municipalidad Provincial de Trujillo notifica diariamente a diversos locales para que absuelvan los hallazgos a la brevedad.
Esto origina la elaboración de un promedio de 18 expedientes administrativos que de no ser absueltos darán inicio a un Procedimiento Administrativo Sancionador, el que podría concluir con una fuerte sanción económica e incluso la clausura del local. 
Los abogados de la subgerencia de Salud, en base a las notificaciones impuestas, elaboran los expedientes administrativos y la mayor parte de ellos son remitidos a la Gerencia de Desarrollo Social, donde el asesor legal de esta dependencia, en caso que los presuntos infractores no hayan solicitados una nueva inspección, elabora las resoluciones del caso.
En las resoluciones de la Gerencia de Desarrollo Social suscritas por la gerente Tania Baca Romero, se les concede cinco días hábiles para que los presuntos infractores realicen sus descargos y eviten las  multas administrativas, que pueden ser pecuniarias y no pecuniarias.
Como parte de su labor, los inspectores de salud verifican que en los establecimientos donde se expenden alimentos crudos o preparados el personal tenga el carné sanitario que acredita no sufrir enfermedades infectocontagiosas y que los alimentos que se expenden estén en buenas condiciones.
Igualmente inspeccionan las condiciones de higiene de las cocinas y comedores, el servicio higiénico, la vajilla y ollas donde se preparan los alimentos o que lugares de almacenamiento de los productos alimenticios estén protegidos de insectos, roedores y de agentes contaminantes.

Cuando se trata de productos alimenticios que se vende al público, los inspectores de salud, debidamente equipados, toman muestras de las comidas preparadas que son analizadas en el laboratorio municipal, en caso de registrarse contaminación con coliformes fecales y coliformes totales, se imponen multas pecuniarias de acuerdo a un cuadro de sanciones establecido por norma municipal.

martes, 24 de diciembre de 2013

Establecimientos comerciales sigue infringiendo normas sanitarias

Multas en el 2013 ascendieron a 415 mil nuevos soles


Hasta el 23 de diciembre la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) emitió 217 resoluciones imponiendo sanciones pecuniarias por incumplimiento de las normas sanitarias, por un monto total de 415 mil 861 nuevos soles, y 20 infractores pagaron en el SATT la suma de 32 mil 930 nuevos soles.
Después de haberse cumplido diversas instancias administrativas y dar a los presuntos infractores plazos establecidos de cinco días útiles para hacer sus descargos y 15 días para formular apelaciones en segunda instancia administrativa ante la MPT, las sanciones que quedaron consolidadas pasaron al SATT, organismo que tiene en cobranza coactiva 140 infracciones por el importe de 286 mil 731 nuevos soles.
También se encuentran en las oficinas del SATT, en proceso de inicio de cobranza coactiva, 57 resoluciones de la Gerencia de Desarrollo Social en las que se impone sanciones pecuniarias por un monto de 96 mil 200 nuevos soles.
Según un informe de la Subgerencia de Salud, que a través de sus inspectores ejecuta la vigilancia sanitaria para preservar la salud pública en nuestra ciudad y de quienes acuden a establecimientos públicos para consumir alimentos, las sanciones pecuniarias se originaron por infracciones a las normas sanitarias.
La vigilancia sanitaria se ejecuta casi todos los días del año, exceptuando domingos y feriados, en tanto que las presuntas infracciones a las normas sanitarias se dan a conocer a la gerente de Desarrollo Social, Tania Baca Romero.
En cada  intervención sanitaria se levanta un acta que también suscribe el propietario o conductor del establecimiento público intervenido.
Con los expedientes en curso, la asesoría legal de la Gerencia de Desarrollo Social, según la gravedad de las infracciones, elabora las resoluciones del caso, de acuerdo a un cuadro de sanciones con infracciones que ya están codificadas como tal y se aplican las multas mediante un porcentaje de la  Unidad  Impositiva Tributaria (UIT).

Además de las sanciones pecuniarias también se proyectan resoluciones aplicándose sanciones no pecuniarias, como son la inmovilización de los productos, cuando estén contaminados, y también clausura temporal o clausura definitiva del establecimiento.

miércoles, 11 de diciembre de 2013

Multan a restaurante con 7,400 soles por usar ají con coliformes fecales

Local está ubicado en la cuadra 6 de Av. Los Incas 

Una muestra de ají utilizada para sazonar alimentos en la preparación de menús en el restaurant ubicado en la Av. Los Incas  N° 684, tomada por inspectores de la Subgerencia de Salud de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) y verificada que estaba contaminada con coliformes fecales devino en la aplicación de una multa por 7 mil 400 nuevos soles a la conductora del local comercial.
El análisis microbiológico hecho en el Laboratorio Municipal de la MPT arrojó bacterias de coliformes fecales superiores a 1,100 en cada gramo de ají utilizado en el local conducido por Edith Vargas de Vásquez.
Esta cantidad de coliformes fecales en los alimentos los convierte en no aptos para el consumo humano, porque al ingerirlos causan daño a la salud de las personas que lo consumen.
A la conductora del establecimiento, como presunta infractora, se le notificó  para que en un plazo de cinco días hábiles efectúe su descargo, pero ella solo se limitó a precisar que el ají utilizado se prepara cada día, por ser un sazonador importante en la preparación de las comidas.
Mediante Resolución de la Gerencia de Desarrollo Social, en base a los informes alcanzados por la Subgerencia de Salud, a cargo de Julio Torres Vigo, se procedió a emitir la Resolución Gerencial N° 310-2013-MPT/GDS, por infringir la norma sanitaria con el código E-104, que sanciona la infracción con dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Las dos UIT equivalen a 7,400 soles, las que fueron impuestas a la antes citada conductora del establecimiento comercial al concluir el proceso administrativo sancionador y los plazos establecidos en la municipalidad de Trujillo.

La gerente de Desarrollo Social, Tania Baca Romero, remitió el expediente al SATT para que inicie el proceso  de cobranza. “Ahora, si no quieren pagar, solo le queda a la infractora la vía judicial”, indicó el asesor legal de esa gerencia.

viernes, 29 de noviembre de 2013

Multan a restaurant por atender en condiciones antihigiénicas

Inspección edil verificó diversas infracciones sanitarias

Por cometer tres transgresiones sanitarias, estipuladas en el cuadro de infracciones y sanciones de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), fue multado con la suma de 3 mil 330 nuevos soles un restaurant sin nombre comercial visible ubicado en el jirón Zepita Nº 488 de nuestra ciudad, conducido por Víctor Vásquez Vásquez.
En una inspección edil para verificar las condiciones de atención de los establecimientos públicos, en prevención de la salud pública, se verificó que este restaurant vendía alimentos en pésimas condiciones sanitarias, el personal que manipulaba los alimentos no tenía carné sanitario y el local carecía de campana extractora, ductos de ventilación, y/o equipos de eliminación de olores, grasas y humos,
Tras ser notificado el conductor y luego de un largo proceso con instancias administrativas en las que se analizaron descargos y apelaciones del interesado, se emitió la Resolución de Gerencia Municipal N° 2467-2013-MPT/GM, declarando infundado su recurso de apelación.
En este último documento fue confirmado en todos sus extremos la resolución emitida previamente por la Gerencia de Desarrollo Social, encargada de tutelar la salud pública a través de la Subgerencia de Salud, y la documentación fue derivada al SATT para ejecutar la cobranza coactiva.
Las sanciones pecuniarias responden a las infracciones E-119, por no tener campana extractora de olores, grasas  y humos, por un monto de 1,850 nuevos soles; la infracción E-122, por tener el local en condiciones antihigiénicas, con una multa de 1,110 nuevos soles; y la infracción E-131, por no tener cané sanitario, por 370 nuevos soles.

El Proceso Administrativo Sancionador que se sigue en la comuna alarga su duración cuando los presuntos infractores formulan los descargos en el tiempo concedido o cuando realizan apelaciones ante la Gerencia de Desarrollo Social, a cargo de Tania Baca Romero.

viernes, 1 de noviembre de 2013

La MPT aplicó 245 sanciones para cautelar salud pública

Son multas pecuniarias y no pecuniarias que se aplica a los infractores de normas de salud


La Gerencia de Desarrollo Social, en cumplimiento de sus funciones, entre ellas cautelar la salud pública, aplicó en lo que va del año 245 sanciones por vulnerarse las normas que cautelan la salud pública. Las sanciones pecuniarias por multas y no pecuniarias, oscilan entre el 20% y el 200% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) e incluso la clausura del local.
La multa más baja es del 20% de la UIT, que equivale a 740 nuevos soles y la máxima multa llega al 200%, que asciende a 7,400 nuevos soles, cuando se trata de supermarket, pollerías o restaurantes en los que se vende al público productos contaminados, lo que representa un peligro para la salud.
Con informe del asesor legal, la gerente de Desarrollo Social, Tania Baca Romero, suscribe las Resolución de sanciones administrativas, las que se dan a conocer a los infractores para que en un plazo perentorio efectúen sus descargos o realicen apelaciones que consideren necesarias, caso contrario el expediente pasa al SATT, para la cobranza coactiva.
Cuando los establecimientos son de menor jerarquía como minimarket, bodegas o dulcerías, por las mismas infracciones la sanción es del 140% de la UIT, si son kioscos y bodegas la sanción es solo del 80% de la UIT y cuando son puestos de venta en mercados la sanción es del 20% de la UIT.
La gerente de Desarrollo Social, Baca Romero, precisó, sin embargo, que la MPT no tiene ningún interés en gravar con multas a quienes trabajan en el manipuleo de productos alimenticios crudos o preparados y las sanciones no pecuniarias que ameritan hasta el cierre de un establecimiento, por lo que a los infractores primero se les da la oportunidad de levantar las observaciones.
“Todo lo que se hace es para preservar la salud del público consumidor y de la comunidad en general”, manifestó.

El asesor legal de la Gerencia de Desarrollo Social detalló en cuadro estadístico la cantidad de multas mensuales: en enero 41, en febrero 10, en marzo 9, en abril 14, en mayo 20, en junio37, en julio 21, en agosto 36, en setiembre 33 y al 28 de octubre 24 resoluciones de sanciones, las que suman un total de 245 resoluciones emitidas.

martes, 17 de septiembre de 2013

Multan a cebichería de Monserrate con 7 mil 400 soles

Ají molido tenía coliformes fecales

Con  el 200 %  de la  unidad impositiva tributaria (UIT), que equivale a 7,400 nuevos soles, fue sancionado el establecimiento comercial ubicado en la Av. América Sur Mz. L, Lote N° 13-A, de la III etapa de la urbanización Monserrate, a cargo de Benilda Teresa Meza Villegas, por utilizar ají molido contaminado con coliformes fecales.
La muestra de ají tomada durante una inspección de fiscalizadores de la Subgerencia de Salud de la MPT, en cumplimiento de sus obligaciones de cautelar la salud del público consumidor, fue sometida a un análisis microbiológico en el Laboratorio Municipal, comprobándose que estaba contaminada con coliformes fecales.
De acuerdo al proceso administrativo municipal, en estos casos los inspectores levantan un acta de constatación, la que es suscrita tanto por representantes de la Subgerencia de Salud, como por la conductora o propietaria del establecimiento intervenido en la fiscalización sanitaria y se le alcanza una notificación para que en un plazo no mayor de cinco días hábiles realice su descargo.
Como la presunta infractora de las normas sanitarias no presentó su descargo ni otros alegatos contra la Resolución N° 332-2012/MPT.SGS se dio tácita aceptación de la infracción codificada como E-104, que sanciona con el 200% de la UIT, según la Ordenanza Municipal N° 003-2008-MPT.
La gerente de Desarrollo Social, Tania Baca Romero, por no recibir descargo, ni alegato de la presunta infractora, suscribió la Resolución Gerencial N° 230-2013, que impone la sanción pecuniaria, la que fue derivada al Servicio de Administración Tributaria de Trujillo (SATT) para su cobranza.
En otros casos se incluyen sanciones no pecuniarias, como clausura temporal por 90 días hábiles, suspensión de licencia y retención de productos.

La misma funcionaria recomendó a los conductores de establecimientos que venden alimentos preparados cerciorarse cuando adquieren el ají molido en otros lugares, para  que este producto no esté contaminado, porque contamina al producto que expenden al público y puede ocasionar grave daño a la salud de los consumidores.

jueves, 5 de septiembre de 2013

MPT multa a dueña de gatos y dispone su erradicación

Ante denuncia de vecino, por olores fétidos y riesgo de enfermedades



Por la tenencia de gatos que estaban contaminando la propiedad de un vecino que reside en el centro histórico y ponían en riesgo la salud de la familia vecina, que denunció el hecho, la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) multó con 740 nuevos soles a Susana Burga Loayza, en aplicación al cuadro de infracciones vigente.
Burga Loayza, reside en el jirón Grau N° 627, interior 09, y según lo denunciado sus cuatro gatos se orinaban y defecaban en el piso de la azotea de la casa del vecino, en la misma dirección, interior 10, lo que motivó que Santos Sáenz Vásquez, denuncie el hecho ante la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT).
La denuncia fue derivada a la Subgerencia de Salud, lo que motivó la verificación del caso. La propietaria de los felinos reconoció finalmente que solo cuatro gatos eran de su propiedad y no seis, como se denunció. Previamente, ella recibió una notificación de la comuna para hacer sus descargos en cinco días hábiles, pero no lo hizo.
El vecino afectado, Sáenz Vásquez, dijo que antes de formalizar la queja pidió a su vecina retirar los gatos o adoptar alguna medida al respecto, pero no hizo nada, por lo que se vio obligado a denunciarla ante el alcalde de la ciudad, porque su azotea estaba contaminada con pestilentes olores, manchas en el piso y sus hijos no podían jugar en ese lugar.
El denunciante dijo sentirse temeroso que la orina y heces de los gatos puedan transmitir a sus hijos y familiares enfermedades como la dermasitosis, que afecta a la piel, cabellos y uñas.
Ante la inacción de la propietaria de los gatos, en la Municipalidad de Trujillo se inició el proceso sancionador y mediante Resolución Gerencial N° 257-2013-MPT/GDS se aplicó una multa por la tenencia de gatos, lo que de acuerdo al cuadro de infracciones corresponde al código E-144, que sanciona con el 20% de la UIT, lo que equivale a 740 nuevos soles.
El documento estableciendo la sanción económica pasó al Servicio de Administración Tributaria (SATT), para que inicie el proceso de cobranza coactiva.

Por otra parte, por tener un inmueble destinado a la crianza de gatos, la misma Resolución Gerencial dispuso la sanción no pecuniaria de erradicación de los animales. 

miércoles, 8 de agosto de 2012

La Gerencia de Desarrollo Social MPT impuso este año 167 sanciones

El SATT tiene por cobrar coactivamente 226 mil nuevos soles

La Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de Trujillo, a propuesta de la Subgerencia de Salud, impuso este año, hasta el mes de julio, 167 sanciones por infracción al reglamento y a otras normas sanitarias que protegen la salud de los consumidores.
La política en salud diseñada por el alcalde César Acuña Peralta, es muy dinámica y el personal tiene un arduo trabajo, el mismo que lo hacen con tres equipos, los que simultáneamente pueden estar en tres lugares a la vez ejecutando una campaña  integral de salud y entregando medicinas gratuitas a los pacientes que lo requieran.
Al mismo tiempo, la Subgerencia de Salud destaca a los inspectores sanitarios, quienes  trabajan permanentemente en el control y verificación del estado de los alimentos, de los manipuladores de alimentos crudos y preparados que se expenden en centros de abastos, restaurantes, kioskos y otros establecimientos.
El valor de las multas es, por no tener carné sanitario, 365 soles por persona; por no tener certificado de fumigación y desinsectación, 750 soles; y por tener el local antihigiénico, 1.095 soles; y por vender carne de aves o especies hidrobiológicas sin control sanitario, 2.920 soles.
Los expedientes de sanciones por infracciones al código sanitario los hace llegar el subgerente de Salud de la MPT, Julio Torres Vigo, y es la gerente de Desarrollo Social, Tania Soledad Baca Romero, con informe del asesor jurídico, quien suscribe las resoluciones de sanciones, las que son notificadas a los infractores y luego pasan al SATT para su cobranza.
La Gerencia de Desarrollo Social pasó al SATT los 167 expedientes de sanciones, más algunos pendientes de pago correspondientes al año pasado, que suman un monto total de 239.365 nuevos soles, de los cuales 16 de los infractores cumplieron con pagar la multa por un monto de 13.330 nuevos soles.
En situación de cobranza coactiva en el SATT se encuentran 198 expedientes de sanciones, que se cumplirá, incluyéndose acciones de embargo de bienes muebles o  inmuebles, hasta cubrir el valor de la deuda, siguiendo los procedimiento que facultan las leyes.

jueves, 5 de enero de 2012

Gerencia de Desarrollo Social de la MPT sancionó a 130 establecimientos

Con un total de 137.025 nuevos soles, durante el año 2011
Durante el año 2011 la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de Trujillo emitió 130 resoluciones administrativas sancionando a igual número de personas naturales y jurídicas conductoras de establecimientos comerciales, con multas pecuniarias por infracciones a las normas sanitarias, tras recibir los expedientes de la Subgerencia de Salud.
De los establecimientos sancionados, la mayoría de ellos es por tener personal que no cuenta con el carné de sanidad para la manipulación de alimentos, por no contar con un certificado de fumigación o desratización de su local y por estado antihigiénico en las cocinas y/o áreas de preparación de los alimentos que se expenden al público usuario.
Las 130 multas pecuniarias suman un total de 137.025 nuevos soles. 23 conductores sancionados pagaron la multa por un valor de 20.005 nuevos soles y los 107 infractores restantes por un monto de 117.020 nuevos soles, los que se encuentran en proceso de cobranza coactiva a cargo del SATT.
El procedimiento administrativo facilita alargar el tiempo para efectivizar la cobranza de las multas impuestas a los conductores de establecimientos por infracciones contra la Ordenanza Municipal N° 003-2008-MPT, que reglamenta el procedimiento administrativo sancionador, las sanciones e infracciones que aplica la comuna provincial.
Desde la aplicación de una sanción, el procedimiento administrativo sancionador tarda un poco para permitir a los conductores hacer sus descargos o, en segunda instancia, presentar recursos impugnativos correspondientes, sea de reconsideración o apelación, ante la Gerencia General de la MPT.
Entre las sanciones no pecuniarias establecidas por la legislación municipal para los infractores de las ordenanzas municipales, se encuentran el cierre temporal del negocio por 45 y 90 días hábiles, el cierre definitivo de establecimientos comerciales, la erradicación de canes peligrosos y de chancherías clandestinas, entre otras.

miércoles, 17 de diciembre de 2008

Gerencia de Desarrollo Social de MPT impuso 204 sanciones

Hasta noviembre del 2008

Tras estudiarse cada uno de los casos, de acuerdo a la normatividad vigente, de un total de 825 expedientes administrativos recibidos por la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de Trujillo, 204 fueron calificados con sanciones pecuniarias y 9 de ellos, adicionalmente, culminaron con la clausura temporal del establecimiento.
De todos estos expedientes, 219 fueron declarados como no a lugar por el abogado Luis Boy Vásquez, asesor jurídico de la Gerencia de Desarrollo Social, y por ello derivados al archivo general por no tener el sustento legal que permita a la MPT imponer sanciones.
Dentro de esta carga procesal llegada a la Gerencia de Desarrollo Social, a cargo de Tania Soledad Baca Romero, 6 expedientes fueron derivados al SATT para la cobranza coactiva. Otros 17 casos en los que los administrados cumplieron con pagar su multa, también fueron derivados al archivo.
Por cuestiones de competencia, 78 expedientes fueron derivados al SEGAT, otros 76 fueron devueltos a Salud por falta de sustento y precisiones legales, y 38 fueron derivados a la Gerencia Municipal, por haber sido apelados y solicitada su nulidad en esa última instancia administrativa.
De los expedientes con sanciones pecuniarias, 76 corresponden al pago de multas por el valor del 10% de la UIT, que equivale a 350 soles; 86 con multas de 700 soles (20% de la UIT), 9 con multas de 1.050 soles (30% de la UIT) y 24 con multas del 30% al 200%, que equivalente a importes entre 1.050 y 7.000 soles.
Nueve expedientes restantes recibieron sanciones con cierre temporal de los establecimientos y multa que va de 1.400 a 2.800 soles, según el informe alcanzado a la Gerencia de Desarrollo Social.

miércoles, 3 de septiembre de 2008

MPT impuso sanciones a establecimientos

Hasta agosto pasado sumaron 181 sanciones

Por infracciones a la normatividad vigente, la Municipalidad Provincial de Trujillo, por intermedio de la Gerencia de Desarrollo Social, aplicó sanciones pecuniarias a diversos establecimientos por atentar contra la salud pública de los usuarios, luego de cumplir con las diligencias específicas para estos casos.
De acuerdo a informes de la Gerencia de Desarrollo Social –que cuenta con el trabajo de un abogado, para ceñirse a las normas vigentes–, se contabilizaron, hasta el mes de agosto pasado, 181 sanciones impuestas a los infractores. Con multas de 350 soles, que equivale al 10% de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria), fueron sancionados 63 infractores.
Con el 20% de la UIT, que representa 700 soles, se sancionaron a 77 infractores; con multas del 30% de la UIT, que equivale a 1.050 soles, fueron sancionados 8 infractores, y con sanciones pecuniarias que van desde el 40% hasta el 200%, es decir, entre los 1.400 y 7.000 soles, recibieron sanciones 24 infractores.
También se aplicaron sanciones a los conductores de 9 establecimientos, por no reunir las condiciones higiénicas requeridas y poner en riesgo la salud de los usuarios de los servicios. Estos recibieron sanciones de clausura temporal por 90 días hábiles y clausura definitiva, además sanciones pecuniarias entre los 1.400 a 2.800 soles.
La gerente de Desarrollo Social de la MPT, Tania Soledad Baca Romero, manifestó que la unidad orgánica a su cargo aplica estas sanciones como primera instancia administrativa, en virtud a las facultades conferidas por el ROF (Reglamento de Organización y Funciones) de la MPT, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 17-2007-MPT. No obstante ello, los administrados pueden recurrir a la Gerencia Municipal, que es la segunda instancia en vía de recurso de apelación, por delegación del alcalde.
La Gerencia de Desarrollo Social impone sanciones pecuniarias y no pecuniarias en aplicación a lo regulado por la Ordenanza Municipal Nº 003-2008-MPT y el Cuadro de Infracciones, Sanciones y Medidas de Carácter Provisional Administrativas de la Municipalidad Provincial de Trujillo.