martes, 4 de octubre de 2011

Más de medio millar de expedientes tramitó la Gerencia Desarrollo Social MPT

Mayoría de sanciones son por contravenir ordenanzas en salud

En la cotidiana labor de hacer cumplir las ordenanzas vigentes en favor de preservar la salud pública, la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de Trujillo tramitó, de enero a septiembre del presente año, un total de 540 expedientes, siendo el 99% procedente de la Subgerencia de Salud.
De acuerdo al informe de la gerente de Desarrollo Social, Tanía Soledad Baca Romero, en su dependencia solo trabaja el abogado Luis Boy Vásquez, quien con mucha celeridad elabora las resoluciones que son revisadas y suscritas por ella.
Las resoluciones de gerencia en su mayoría se relacionan con imposición de sanciones, cuyas multas están contenidas en el Reglamento de Infracciones, Sanciones y Medidas de Carácter Provisional Administrativas de la Municipalidad Provincial de Trujillo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 003-2008-MPT.
La ley de la ciudad está referida a  la clausura temporal o definitiva de establecimientos comerciales dedicados a la manipulación de alimentos, sean crudos, preparados o envasados.
Dentro de la gama de resoluciones de la Gerencia de Desarrollo Social, también hay algunas de no ha lugar al inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador, de no ha lugar a la imposición de sanción, de recursos de reconsideración y de nulidad de oficio.
Los recursos de apelación de los administrados que se crean con derecho a hacerlo son gestionados y tramitados ante la Gerencia Municipal, que es la última instancia administrativa edil. En caso de declararse improcedente la reconsideración, puede ser apelada ante el Poder Judicial
En la Gerencia de Desarrollo Social también se dan resoluciones contra las actividades realizadas por personas naturales o jurídicas, cuando afecten la salud física o mental de los vecinos, incluido sanciones relacionadas a  crianza de animales domésticos pasibles de ser destinados al consumo humano o que pongan en peligro la salud e higiene pública de la comunidad en lugares no permitidos.