jueves, 5 de septiembre de 2013

MPT multa a dueña de gatos y dispone su erradicación

Ante denuncia de vecino, por olores fétidos y riesgo de enfermedades



Por la tenencia de gatos que estaban contaminando la propiedad de un vecino que reside en el centro histórico y ponían en riesgo la salud de la familia vecina, que denunció el hecho, la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) multó con 740 nuevos soles a Susana Burga Loayza, en aplicación al cuadro de infracciones vigente.
Burga Loayza, reside en el jirón Grau N° 627, interior 09, y según lo denunciado sus cuatro gatos se orinaban y defecaban en el piso de la azotea de la casa del vecino, en la misma dirección, interior 10, lo que motivó que Santos Sáenz Vásquez, denuncie el hecho ante la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT).
La denuncia fue derivada a la Subgerencia de Salud, lo que motivó la verificación del caso. La propietaria de los felinos reconoció finalmente que solo cuatro gatos eran de su propiedad y no seis, como se denunció. Previamente, ella recibió una notificación de la comuna para hacer sus descargos en cinco días hábiles, pero no lo hizo.
El vecino afectado, Sáenz Vásquez, dijo que antes de formalizar la queja pidió a su vecina retirar los gatos o adoptar alguna medida al respecto, pero no hizo nada, por lo que se vio obligado a denunciarla ante el alcalde de la ciudad, porque su azotea estaba contaminada con pestilentes olores, manchas en el piso y sus hijos no podían jugar en ese lugar.
El denunciante dijo sentirse temeroso que la orina y heces de los gatos puedan transmitir a sus hijos y familiares enfermedades como la dermasitosis, que afecta a la piel, cabellos y uñas.
Ante la inacción de la propietaria de los gatos, en la Municipalidad de Trujillo se inició el proceso sancionador y mediante Resolución Gerencial N° 257-2013-MPT/GDS se aplicó una multa por la tenencia de gatos, lo que de acuerdo al cuadro de infracciones corresponde al código E-144, que sanciona con el 20% de la UIT, lo que equivale a 740 nuevos soles.
El documento estableciendo la sanción económica pasó al Servicio de Administración Tributaria (SATT), para que inicie el proceso de cobranza coactiva.

Por otra parte, por tener un inmueble destinado a la crianza de gatos, la misma Resolución Gerencial dispuso la sanción no pecuniaria de erradicación de los animales.